El Derecho es un conjunto de normas jurídicas que se encargan de organizar la conducta de la persona, natural o jurídica, en la Sociedad, y para llevar a cabo dicha organización el Derecho se clasifica en distintas ramas a partir del Derecho Público y del Derecho Privado.
Desde su definición podemos entender que el Derecho es transversal a todas las actividades que se realizan. Las leyes tienen el objetivo de regular y, por qué no decirlo, sancionar, determinadas conductas y actividades, sea que las realicen individuos o empresas. Es allí en donde toma lugar la Política Criminal.
A nivel de pregrado el conocimiento que se adquiere del Derecho Común y del Derecho Privado no es básico, pero tampoco podría decirse que es especializado. Es el necesario para tener un conocimiento general que permita conectar todos los conocimientos adquiridos a nivel de pregrado sin llegar a ser un especialista en una materia en específico.
Es la propia práctica y el ejercicio de la abogacía que va perfilando cada especialidad, no solo en el conocimiento y estudio de la ley, sino también en el aprendizaje y desarrollo de otros conocimientos y habilidades que, aunque no lo parezca, son complementarias al ejercicio de la abogacía. Por ejemplo, hoy en día es casi imposible imaginarse a un Abogado Corporativo que no tenga algún conocimiento mínimo en contabilidad o finanzas, o a un Abogado in house que no entienda el rubro del negocio de la empresa para la cual trabaja, y así sucesivamente.
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Sin embargo, a diferencia de lo que anteriormente hemos señalado, el Abogado que se dedica al ejercicio Penal tiene un compromiso de -por decirlo de alguna manera- buscar la verdad o acercarse a ella, mejor dicho: “no es lo que se sabe es lo que se puede probar”. Es decir, no basta el conocimiento de la ley penal, sino que también implica el desarrollo de otras competencias que trascienden el “escritorio” e involucra “ensuciarse los zapatos”, pues los indicios, hechos y pruebas se encuentran en el lugar en donde ocurrió lo que se denuncia y lo que se defiende.
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En sí, el Derecho Penal cumple un rol importante en la Sociedad, pues, es el que se encarga de sancionar las conductas que son posibles de sanción cuando se afecta un bien jurídico protegido que no es otra cosa que los bienes fundamentales para la existencia en común que abarcan aspectos individuales, colectivos e institucionales que concurren en los procesos de relación del individuo dentro de la Sociedad, como por ejemplo lo son la vida, la salud, el patrimonio, etcétera.
Sin embargo, con la evolución de la Sociedad, el comportamiento humano y -por qué no decirlo, el empresarial, vemos que a medida que pasa el tiempo, con él se van incrementando nuevo bienes jurídicos y nuevas formas de cómo afectarlos, es decir, las formas de transgredir la norma son superadas por conductas que no han sido reguladas y se concretan al margen de la ley.
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Así, como podemos apreciar, hoy esta en auge el Corporate Compliance que, en resumidas cuentas, son políticas de cumplimiento de las empresas, reguladas y no reguladas, para evitar que los individuos que la controlan y administran cometan actividades criminales a través de ellas, como lo pueden ser el lavado de activos o el financiamiento del terrorismo, entre otras. Hasta hace no mucho se hablaba poco o casi nada de los programas de cumplimiento de cada empresa, pero hoy en día, es muy común que gran parte de ellas hayan decidido implementar dentro de su cultura políticas de cumplimiento, es decir, lo que han hecho es analizar el ámbito en el que interactúan e identificar riesgos para establecer las medidas de como mitigarlos o reducirlos al mínimo.
Si eso ocurre en el interior de una empresa, imagínense en la Sociedad. Es comprensible que la ley no se ponga en todas las situaciones tratando de regular y sancionar todas las conductas que cometa el individuo o la empresa. Es difícil, pero a través del estudio de las conductas y el análisis de las actividades que se realizan es posible identificar cuáles son los riesgos presentes y los que se encuentran por venir partiendo del estudio de la Sociedad como tal, entendiendo su reacción ante los actos que se van cometiendo día a día y que, al parecer, van arrasando con la realidad vigente, pues la criminalidad también se encuentra en el ciberespacio y los individuos cometen los actos delictivos a través de ésta, sino recordemos el tan comentado documental de una plataforma de streaming, en donde un individuo uso una red social para cometer a, juicio de muchos, varios delitos, pero a juicio de otros, ninguno. Son ese tipo de conductas, y seguramente muchas otras más, que requieren ser estudiadas para establecer una política que permita que la Sociedad viva en armonía o, al menos, intente ello.
La Política Criminal es la acción del Estado que tiene por objeto prevenir, reprimir o controlar la criminalidad en un tiempo y espacio específico, o, en términos simples, es la política del Estado frente a la delincuencia con el fin de sancionar y reprimir conductas; ésta -la Política Criminal- involucra a todos sus actores, desde la policía hasta el juez, no esta circunscrita a un pequeño radio de acción, ni mucho menos a un tiempo específico. La Política Criminal debe ir a la par con el avance de la Sociedad.