La planeación de la política criminológica nacional, considerando el contexto inevitable de la globalización económica mundial, debe ser producto de un Estado decidido a intervenir en la preservación del desarrollo y de la seguridad pública, jurídica y nacional, no reconociendo más límites a dicha intervención que la democracia, el respeto a los derechos humanos, la soberanía y el equilibrio entre los ordenes nacional y mundial.
La política criminológica deben ocuparse de la solución integral de la causalidad y acciones preventivas eficientes de las diversas criminalidades, así como del diseño del sistema de justicia criminal, ejecutivas y judiciales eficientes de los diferentes subsistemas de justicia: preventivo, de procuración y administración de justicia, penitenciario y de justicia de menores infractores.
Asimismo, las políticas criminológicas deben garantizar soluciones al delito y a la justicia criminal deliberadas, objetivas y de fondo, y no resultantes de apreciaciones subjetivas o de situaciones coyunturales.
Por otra parte, no debe limitarse a la propuesta de modelos preventivos y de justicia copiados de otros países, sino proponer aquellos que realmente correspondan a nuestras realidades sociales preventivas y de justicia.
Lo anterior implica también evaluar permanentemente los impactos de los programas y acciones que se ejecuten en la prevención del delito y el mejoramiento real de la justicia penal.
La planificación de la política criminológica debe involucrar a los diversos actores estatales y sociales, debe ser crítica pero propositiva, interdisciplinaria e intersectorial. Dentro de estas disciplinas tenemos a la criminología y la justicia criminal.
La criminología es la ciencia que estudia el delito, sus causas y los medios para combatirlo. Es el estudio científico de la conducta de la delincuencia o conducta delictiva como fenómeno individual y social.
Por su parte, la justicia criminal es aplicada a los procedimientos del tratamiento de la justicia penal.
En estos fragmentos veremos la diferencia entre criminología y justicia criminal.
Justicia Criminal es el conjunto de procedimientos aplicables a la investigación, la prueba y el castigo justo del crimen, la rehabilitación del delincuente, compensación de las víctimas, protección general de la comunidad y la prevención y el control de los actos criminales.
Dentro de la historia de la justicia y la conformación de sus bases “modernas”, es decir, garantista y basada en leyes (e incluso la ley como sinónimo de justicia), se suele invocar comúnmente el periodo de la codificación como su gran momento.
Se enunciaron criterios comunes para que los jueces sentenciaran; además, en la justicia criminal, se tipificaron los delitos y una serie de circunstancias atenuantes, agravantes y exculpantes que afianzaban la justicia en la ley.
La planeación de las políticas criminológicas nacionales, considerando el contexto inevitable de la globalización económica mundial, deben ser producto de un Estado decidido a intervenir en la preservación del desarrollo y de la seguridad pública, jurídica y nacional, no reconociendo más límites a dicha intervención que la democracia, el respeto a los derechos humanos, la soberanía y el equilibrio entre los ordenes nacional y mundial.
El sistema de justicia penal aborda las consecuencias de la conducta delictiva en la sociedad y tiene el objetivo de proteger el derecho de las personas a la seguridad y el disfrute de los derechos humanos.
Se refiere, en particular, a la labor de la policía, la fiscalía y el poder judicial en lo relativo a los asuntos penales, así como al acceso a la asistencia jurídica, la cuestión del encarcelamiento y las medidas sustitutivas de la privación de libertad, la justicia restaurativa y la protección y reparación de las víctimas.
Abarca también cuestiones intersectoriales, como la dimensión de género, los derechos humanos y las consideraciones relativas a las víctimas y los niños en el marco del sistema de justicia penal.
La Criminología surge a principios del siglo XIX como respuesta a la demanda social de estudio de las fuentes del comportamiento antisocial siguiendo las bases del método científico, con la finalidad de promover mecanismos para su prevención y tratamiento.
Así, la Criminología florece como la ciencia social encargada del estudio de la conducta delictiva y antisocial y los mecanismos de reacción social empleados para su control, y se enmarca de esta manera en los conceptos de política criminológica.
Forman parte del objeto de estudio de la ciencia criminológica la confluencia entre los comportamientos antisociales y la reacción de la sociedad ante tales conductas, los procesos de creación de las leyes, de vulneración de las leyes, y de la reacción social ante la vulneración de las mismas.
Las políticas criminológicas (también llamada Política Criminal) es, tradicionalmente, la aplicación de todos aquellos conocimientos proporcionados por la investigación científica del crimen, del criminal y de la criminalidad, así como de la reacción social hacia ellos, en el intento de evitarlos en forma preventiva, y cuando esto no sea posible, reprimiéndolos.
La política criminológica se encuentra íntimamente relacionada con el Derecho Penal; en la época actual se ha comprendido que no es la pena la única y mejor forma de suprimir el delito, aunque en aquellos sumamente graves por ejemplo el homicidio, delitos sexuales y trata de personas, aún no se ha llegado a un resolución que modifique la sanción privativa de libertad para el responsable.
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